¿Qué es el Inapam?

Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines.

Este organismo público es rector de la política nacional a favor de las personas adultas mayores, teniendo por objeto general coordinar, promover, apoyar, fomentar, vigilar y evaluar las acciones públicas, estrategias y programas que se deriven de ella, de conformidad con los principios, objetivos y disposiciones contenidas en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

El instituto procurará el desarrollo humano integral de las personas adultas mayores, entendiéndose por éste, el proceso tendiente a brindar a este sector de la población, a través del servicio de vinculación productiva, oportunidades de empleo u ocupación, con retribuciones económicas que les ayuden a alcanzar niveles de bienestar y alta calidad de vida orientado a reducir las desigualdades extremas y las inequidades de género que aseguren sus necesidades básicas y desarrollen su capacidad e iniciativas en un entorno social incluyente.

¿Quiénes integran el Órgano de Gobierno del Instituto?

Los titulares de las siguientes dependencias:

  • Secretaría de Bienestar.
  • Secretaría de Gobernación.
  • Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  • Secretaría de Educación Pública.
  • Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte.
  • Secretaría de Cultura.
  • Secretaría de Salud.
  • Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
  • Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
  • Instituto Mexicano del Seguro Social.
  • Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Infraestructura

Las personas adultas mayores reciben servicios del INAPAM a través de:

  • Módulos de Atención INAPAM a nivel nacional.
  • Clubes INAPAM a nivel nacional.
  • Centros Culturales INAPAM, en la Ciudad de México.
  • Centros Gerontológicos (Albergues y Residencias de Día).
  • Centro de Atención Integral (CAI) en la Ciudad de México.
  • Asesoría Jurídica (Presencial, vía telefónica y correo electrónico).

*Artículos 24, 25 y 30 Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.