Al asumir el Lic. Enrique Peña Nieto la Presidencia de la República, el 1 de diciembre de 2012, anunció 13 decisiones inmediatas de su Gobierno. La quinta señala que se “instruirá a las secretarías de Desarrollo Social y de Hacienda para crear el Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia”, e incluirlo en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2013.

El Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia es uno de los programas que forman parte de la política social de nueva generación. Esta política social tiene como eje rector a las familias y a las comunidades, adoptando una visión de ciclo de vida para atender a los integrantes de las familias en las diferentes etapas de su vida.

El programa garantizará que todas las jefas de familia beneficiarias de Prospera Programa de Inclusión Social y del Programa de Apoyo Alimentario tengan acceso al Seguro de Vida, así como aquellas que se encuentren en pobreza extrema; además priorizara a los hijos e hijas en estado de orfandad materna con alguna discapacidad.

Objetivo general
El Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia tiene la finalidad de contribuir a dotar de esquemas de seguridad social que protejan el bienestar socioeconómico de la población en situación de carencia o pobreza, mediante la incorporación de jefas de familia en condición de vulnerabilidad social a un seguro de vida.

Objetivo específico
Asegurar a las madres jefas de familia en condición de vulnerabilidad social, de modo que en caso de que fallezcan se incentive el ingreso y/o permanencia de sus hijas e hijos de hasta 23 años de edad en el sistema escolar.

Cobertura
Nacional: en las 32 Entidades Federativas y cualquiera de los casi 2,500 municipios y 16 delegaciones del Distrito Federal.

Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre
Con el propósito de contribuir al cumplimiento de los objetivos de la Cruzada Nacional Contra el Hambre establecidos mediante el decreto del C. Presidente, publicado el 22 de enero de 2013, el Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia dará prioridad a las personas, hogares y localidades que para tales fines se determinen como población objetivo.

Población Beneficiaria

Modalidad aseguramiento a Jefas de familia (población objetivo)
Para obtener Seguridad Social, mediante un esquema de aseguramiento:

Modalidad de apoyo directo mensual (población atendida)
Para apoyo monetario directo mensual, que se entregará de manera bimestral:

Criterios y requisitos de elegibilidad del programa

Para el pre registro al Programa, se deberá cumplir con los siguientes criterios y requisitos:

• Ser jefa de familia (persona que forma parte del hogar, que toma las decisiones importantes y a quien se le reconoce de forma natural como el líder por parte de los demás integrantes por su edad, experiencia, autoridad, respeto o por razones de dependencia moral o económica).
• Ser madre de al menos un hijo(a) de hasta 23 años, que esté estudiando.
• Presentar al menos una de las siguientes carencias sociales:

1. Personas u hogares que cuentan con un ingreso inferior a la Línea de Bienestar o Línea de Bienestar Mínimo, es decir cuyos ingresos mensuales son menores a $ 2,500.00.
2. Rezago educativo: cuando la jefa de familia no cuente con primaria terminada.
3. Carencia de acceso a los servicios de salud: jefas de familia que no están afiliadas o inscritas para recibir ningún servicio de salud.
4. Carencia de acceso a la seguridad social: jefas de familia asalariadas que no reciben por parte de su trabajo las prestaciones de servicios médicos, pensión del IMSS o del ISSSTE, incapacidad con goce de sueldo y SAR o Afore.
5. Carencia de acceso a los servicios básicos de vivienda: aquellas jefas de familia que no cuentan con servicio de agua entubada, drenaje o no dispone de energía eléctrica.
6. Carencia de acceso a la alimentación: los hogares con grado de inseguridad alimentaria moderada o severa, es decir que no pueden tener 3 alimentos al día o que consideran que no reúnen los nutrientes básicos en cualquiera de ellos.
7. Carencia de calidad y espacios de vivienda: aquellos hogares que tienen piso de tierra, su techo es de lámina de cartón o de desechos, muros de embarro o bajareque; carrizo, bambú o palma; lámina de cartón, metálica o de asbesto; o material de desecho; o que presenten hacinamiento (demasiadas personas en poco espacio).

El Programa garantizará que todas las Jefas de Familia beneficiarias de Prospera Programa de Inclusión Social y del Programa de Apoyo Alimentario tengan acceso al Seguro de Vida.

Documentación requerida para el pre registro
Presentarse en la mesa de atención más cerca de su localidad con la siguiente documentación:

• Identificación oficial (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional) en original para cotejo.
• Suscribir con firma o huella digital el formato de pre registro.

Pasos a seguir en caso del fallecimiento de la jefa de familia
Para el caso en que haya ocurrido el fallecimiento de la jefa de familia (a partir del 1 de marzo del 2013), la persona responsable o hijo(a) debe acudir a la mesa de atención más cercana con la siguiente documentación, en original y copia:

• Llenar el formato de Incorporación-Aceptación para registrarse al Programa (es adicional al formato de pre registro).
• Identificación oficial.
• Acta o certificado de defunción de la jefa de familia.
• Acta de nacimiento de cada uno de los hijos(as).
• Clave Única de Registro de Población (CURP), tanto de la persona responsable como de cada uno de los hijos(as).
• Comprobante de domicilio, que puede ser el recibo de pago de energía eléctrica, agua, teléfono o impuesto predial. En localidades menores a 10 mil habitantes se podrá presentar constancia expedida por la autoridad local competente.
• Constancia vigente de estudios de cada uno de los hijos(as) menores de 23 años.
• Presentar formato de pre registro, que le fue entregado en su momento a la jefa de familia.
• Proporcionar la información que se les requiera para el llenado del Cuestionario Único de Información Socioeconómica.

Para las hijas o hijos con discapacidad que queden en estado de orfandad materna se les exentará de presentar la constancia de estudios a quienes muestren constancia médica, expedida por autoridad competente, que acredite que sus condiciones físicas y/o cognitivas no les permiten su incorporación y permanencia en el sistema escolarizado o no escolarizado.

Al momento de solicitar el apoyo la mesa de atención confirmará que reúne los requisitos establecidos en las Reglas de Operación.