Introducción
Con el propósito de contribuir a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres para ejercer sus derechos mediante la reducción de la brecha en materia de acceso y permanencia laboral a madres que trabajan, buscan empleo o estudian y los padres solos con hijas(os) o niñas (os) bajo su cuidado, que cumplan con los criterios de elegibilidad. la Dirección General de Políticas Sociales a partir del año 2007 tiene bajo su responsabilidad la operación del programa Estancias Infantiles para Apoyar a Madres trabajadoras.
Objetivo general del Programa de Estancias Infantiles
Contribuir a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres para ejercer sus derechos mediante la reducción de la brecha en materia de acceso y permanencia laboral a madres que trabajan, buscan empleo o estudian y los padres solos con hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado, que cumplan con los criterios de elegibilidad.
Objetivo específico del Programa de Estancias Infantiles
Apoyar a las madres que trabajan, buscan empleo o estudian y a los padres solos para que cuenten con tiempo disponible para acceder o permanecer en el mercado laboral, o en su caso estudiar, por medio del uso de servicios de cuidado y atención infantil que contribuyan al desarrollo de las(os) niñas(os).
Misión de la Dirección General de Políticas Sociales
Definir y proponer políticas y estrategias de desarrollo social y humano, implementar mecanismos que coadyuven corresponsable y subsidiariamente, en coordinación con los tres órdenes de Gobierno y la participación de la sociedad civil, a mejorar la calidad de vida de la población que habita en las microrregiones, localidades rurales y urbanas, en condiciones de pobreza, así como promover la aplicación de los recursos fiscales asignados a los programas sociales a su cargo para la superación de la pobreza, con criterios de justicia, equidad de género y transparencia, para lograr el desarrollo humano integral de las personas, procurando la congruencia de sus acciones con las estrategias de la Secretaría y con el Plan Nacional de Desarrollo.
Atribuciones de la Dirección General de Políticas Sociales.
De acuerdo con el Artículo 22 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, las atribuciones definidas para la Dirección General de Políticas Sociales son las siguientes:
I. Proponer a su superior jerárquico políticas, estrategias, programas, proyectos y acciones destinados a vincular y articular la participación de la sociedad, las organizaciones de la sociedad, las instituciones académicas, así como organismos internacionales, con el propósito de que contribuyan al desarrollo social y humano;
II. Articular programas, proyectos y acciones con los sectores social y privado, las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas, así como organismos internacionales para que contribuyan a la ejecución de los programas a su cargo;
III. Promover la celebración de convenios entre la Secretaría, la sociedad, las organizaciones de la sociedad, instituciones académicas, así como organismos internacionales, que contribuyan al desarrollo de mujeres, hombres o grupos sociales en situación de vulnerabilidad;
IV. Promover la formulación de convenios y acuerdos entre los tres órdenes de gobierno para coordinar sus respectivas acciones en materia de desarrollo social y humano dirigidas a las personas beneficiarias de los programas a su cargo;
V. Proponer a su superior jerárquico las disposiciones normativas de los programas a su cargo;
VI. Instrumentar la operación de los programas a su cargo, supervisar el ejercicio de los recursos y, en su caso, autorizar propuestas de inversión, cancelar autorizaciones y ejercer los recursos correspondientes, de conformidad con las disposiciones aplicables;
VII. Dar a conocer las disposiciones normativas y presupuestarias a las y a los operadores de los programas a su cargo, y
VIII. Capacitar y asesorar a las y a los operadores de los programas en la materia cuando así lo requieran y verificar que hagan lo propio entre las autoridades locales y las instancias ejecutoras.